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Requisitos, documentos y pasos para solicitar y obtener la Nacionalidad Española por Residencia en el 2025

La nacionalidad española por residencia es una vía de adquisición de la nacionalidad Española a la que pueden optar todos los ciudadanos del mundo que al momento de la solicitud cumplan los siguientes requisitos: • Buena conducta (ausencia de antecedentes penales en España y en su país de origen), y; • Haber residido en España de manera legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud durante el periodo requerido que puede variar de los 10, 5, 2 o 1 año según el caso. En esta entrada te contamos todo lo que debes saber para comenzar hoy tu camino hacia la nacionalidad español. Un emocionante cambio de vida en el que nos encantaría acompañarte.

Es una vía de adquisición de la nacionalidad Española a la que pueden optar todos los ciudadanos del mundo que al momento de la solicitud cumplan los siguientes requisitos:

  • Buena conducta (ausencia de antecedentes penales en España y en su país de origen), y;
  • Haber residido en España de manera legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud durante 10 años, salvo que por su origen o situación personal o familiar corresponda un periodo menor de 5, 2 o 1 año de residencia. Como es el caso de los iberoamericanos (2 años) y los cónyuges de ciudadanos españoles (1 año).
  1. Obtendrás la nacionalidad española y la ciudadanía europea. Con lo cual tendrás libertad para residir, viajar o trabajar tanto en España como en todos los países de la Unión Europea.
  2. Facilidades para reagrupar a tus familiares y posibilidad de que tus hijos menores opten por la nacionalidad.
  3. No tener que renovar residencia en España.
  4. Tener acceso a nuevas oportunidades de trabajo en el sector público
  • Presencialmente en cualquier de las oficinas de registros.
  • A través de la sede electrónica con certificado o firma electrónica.
  • Contratando los servicios de un gestor o abogado de extranjería.
Nacionalidad Española por Residencia

Las presentaciones efectuadas a través de los colegios de gestores y abogados de extranjería suelen resolverse de forma más rápida. Contamos con un trámite de cotejo ante el colegio que funciona a modo de filtro preliminar del expediente. Es decir, solo presentamos los expedientes completos y listos para su concesión.

El procedimiento consta de los siguientes pasos:

  • Asesoramiento especializado para el éxito de tu solicitud
  • Inscripción en los exámenes del Instituto Cervantes
  • Preparación, obtención y legalización de los documentos
  • Liquidación de la tasa 790-026
  • Preparar el expediente
  • Presentar tu solicitud de Nacionalidad por Residencia a través de nuestro Colegio Profesional de Gestores Administrativos para mayor agilidad en la respuesta
  • Seguimiento del expediente e intermediación con el Ministerio

Tras la concesión de la nacionalidad española por residencia seguiremos a tu lado y te acompañaremos en los trámites de Jura y primera obtención de tu DNI y pasaporte español.

Obtener nacionalidad española por residencia - Gretell Leyva Gestora de Extranjería
  •  Diplomas del Instituto Cervantes de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma español (DELE) en su caso.
  • Tarjeta de Identidad de extranjero. Tarjeta de Familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado del Registro Central de Extranjeros o del Registro de ciudadano de la Unión.
  • Pasaporte completo y en vigor del país de origen.
  • Certificación de nacimiento del interesado, debidamente traducido y legalizado.
  • Certificado de antecedentes penales de su país de origen, traducido y legalizado, de menos de 3 meses de antigüedad desde su expedición.
  • Certificados relativos al estado civil: Matrimonio, separación, divorcio.
  • Formulario normalizado
  • Justificante de abono de la tasa Modelo 790-026

Estos son los documentos generales. Existen documentos adicionales a considerar según casos específicos como: menores de edad, refugiados, sefardíes, descendientes, cónyuges o viudos de españoles, nacidos en el territorio nacional y otros.  

Debes inscribirte en la página del Instituto Cervantes, puedes encontrar todo al respecto en estos enlaces:

Para el CCSE: https://examenes.cervantes.es/es/ccse/inscribirse

Para el DELE https://examenes.cervantes.es/es/dele/inscribirse

La tasa de inscripción actual para la prueba CCSE es de 85 euros.

Actualmente la tasa de inscripción en el DELE A2 es de 134 euros.

Están dispensados de realizar la prueba de nivel de idioma DELE A2 o superior:

  • Los nacionales de origen de países o territorios hispanohablantes,
  • los menores de 18 años
  • las personas con la capacidad modificada judicialmente,
  • las personas que tengan ya un diploma DELE A2 (o superior), y
  • las personas que tengan ya un certificado de nivel básico (A2), intermedio (B1) o avanzado (B2)de las Escuelas Oficiales de Idiomas.
  • Titulados en estudios oficiales, cursados en España y en español, de nivel medio o superior
  • Titulados en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) de España
  • Personas que no saben leer ni escribir. Previa solicitud de dispensa al Ministerio.

Puedes descargar el formulario de solicitud en el siguiente enlace: Solicitud de nacionalidad española por residencia (mjusticia.gob.es)

En este año el importe de la tasa asciende a 104,05 €

Puedes descargar el modelo de la tasa en el siguiente enlace: Formulario 790 (mjusticia.gob.es)

Es una tasa que debes pagar presencialmente en una entidad bancaria con validación mecánica y NRC. Cuidado una tasa incorrectamente pagada puede ser motivo de demoras innecesarias en tu expediente.

 

Nuestro equipo de expertos en extranjería y nacionalidad española está listo para asesorarte y acompañarte en cada paso. Escríbenos al correo hola@gestoradeextranjeria.com o reserva tu cita con nosotros.

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